— Glosario · término
IVPEE — Impuesto Producción Eléctrica
También conocido como: Impuesto Valor Producción Energía Eléctrica · impuesto producción 7 %
Tributo del 7 % sobre el valor de la electricidad generada e inyectada a la red. Lo paga el generador, pero repercute parcialmente en el precio mayorista OMIE y, por extensión, en el PVPC del consumidor.
El IVPEE (Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica) fue creado por la Ley 15/2012 con un tipo del 7 % sobre el valor (€) de la electricidad generada e inyectada a la red por las centrales (renovables, nucleares, ciclo combinado, hidráulicas, etc.). Lo paga la empresa generadora a la Hacienda estatal, pero estructuralmente REPERCUTE en el precio mayorista OMIE — los generadores incluyen este impuesto en sus ofertas de venta de energía.
Historia y suspensiones temporales: el IVPEE estuvo SUSPENDIDO temporalmente entre Q4 2018-2019, Q2 2021-Q3 2024 (decreto-ley en respuesta a crisis energética) y RECOBRADO al 7 % desde Q4 2024 — vigente todo 2026. Cuando estaba suspendido, el precio mayorista OMIE bajaba aproximadamente 4-7 €/MWh; al recobrarse, el PVPC subió ~0,005-0,007 €/kWh. Es un componente que el consumidor no ve en su factura como concepto separado (no aparece desglosado), pero está embebido en el precio del kWh.
Distinción clave: IVPEE es DISTINTO al impuesto eléctrico. El IVPEE grava la GENERACIÓN (lo paga la central); el impuesto eléctrico grava el CONSUMO (lo pagas tú, aparece en factura como 5,11 % sobre la base imponible).
Origen y razón de ser del IVPEE — por qué existe. Se creó en 2012 dentro del paquete de medidas para corregir el "déficit de tarifa" del sistema eléctrico español, que acumulaba 30 000+ millones € de deuda histórica por subvenciones a renovables y costes regulados no repercutidos a tarifa. La idea: aplicar un tributo uniforme a toda la generación — convencional Y renovable — para suavizar el desequilibrio sin discriminar tecnologías. Críticas habituales: (a) penaliza a las renovables porque tributan sobre TODA su producción mientras gas y nuclear lo deducen parcialmente vía costes deducibles, (b) acaba repercutiendo al consumidor a través del mayorista — no es un impuesto progresivo. La normativa europea de 2024 cuestiona la compatibilidad de este impuesto con la fiscalidad ambiental — posibles ajustes en próximas revisiones.
El IVPEE se confunde a menudo con otros dos tributos que sí aparecen en tu factura. No es el impuesto eléctrico, que grava tu consumo y se desglosa como un porcentaje sobre la base; tampoco es el IVA, que se aplica al final sobre el total. El IVPEE es un tercer impuesto, distinto de los dos, que recae sobre la generación de electricidad y que tú no ves nunca detallado como un concepto propio en la factura.
Esa es precisamente la característica que más despista al consumidor: al gravar a las centrales que producen e inyectan electricidad a la red, el IVPEE queda embebido en el precio mayorista de la energía y, desde ahí, se traslada de forma difusa al precio del kilovatio hora. No puedes "quitarlo" ni reclamarlo, porque no lo pagas tú directamente; simplemente forma parte del coste de fondo del kilovatio, como una capa más del precio que no figura desglosada.
Ejemplo
Recobro del IVPEE en Q4 2024 — impacto en factura doméstica
PVPC promedio antes recobro Q3 2024: 0,098 €/kWh sin impuestos. Tras recobro Q4 2024: ~0,104 €/kWh sin impuestos (+0,006). Para consumo doméstico 3 500 kWh/año: 0,006 × 3 500 = 21 €/año adicionales aproximadamente atribuibles al recobro IVPEE. Sobre factura total típica 1 100 €/año: ~2 % de subida.
Fuente normativa: Ley 15/2012 medidas fiscales sostenibilidad energética
Preguntas frecuentes
¿El IVPEE aparece desglosado en mi factura de la luz?
No. A diferencia del impuesto eléctrico o del IVA, que sí figuran como líneas concretas, el IVPEE no aparece en tu factura como un concepto separado. Lo paga la empresa que genera la electricidad y se incorpora de manera indirecta al precio mayorista de la energía, de modo que llega hasta ti embebido en el precio del kilovatio hora. Por eso es un impuesto que el consumidor doméstico difícilmente identifica.
¿Es lo mismo el IVPEE que el impuesto eléctrico?
No, son impuestos distintos que gravan momentos diferentes de la cadena. El IVPEE recae sobre la generación: lo paga la central por el valor de la electricidad que produce e inyecta a la red. El impuesto eléctrico, en cambio, grava el consumo: lo pagas tú y aparece desglosado en tu factura como un porcentaje sobre la base imponible. Confundirlos es habitual, pero uno mira a la producción y el otro a tu enchufe.
¿Quién paga realmente el IVPEE?
Lo paga la empresa generadora a Hacienda por la electricidad que vuelca a la red, ya sea de origen renovable, nuclear, hidráulico o de ciclo combinado. Ahora bien, estructuralmente ese coste se repercute en las ofertas de venta de energía y acaba reflejándose en el precio mayorista y, por extensión, en el PVPC. Así que, aunque formalmente lo abona la central, una parte termina trasladándose de forma indirecta al consumidor final.
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