— Glosario · término

Alquiler del contador

También conocido como: alquiler equipos de medida · cuota contador

Cuota fija mensual (~1 €) que pagas a la distribuidora por usar el contador eléctrico inteligente. NO se elimina ni se elige proveedor. Aparece como línea separada en la factura.

El alquiler del contador es una cuota fija mensual que cubre la propiedad y mantenimiento del contador eléctrico inteligente instalado en tu vivienda. Lo cobra la distribuidora (no la comercializadora), aunque aparezca en la factura mensual junto a los demás conceptos.

Importe 2026: 0,80-1,30 €/mes según distribuidora y modelo de contador. Para un hogar tipo: 10-15 €/año. La cuantía exacta la regula el Ministerio de Industria mediante orden ministerial y se ajusta cada cierto tiempo. Marco: Orden ITC/3860/2007 y revisiones posteriores.

Características clave:

  • NO se puede eliminar: el contador es obligatorio. Lo paga el consumidor mientras esté conectado a red.
  • NO se elige proveedor: lo gestiona la distribuidora dueña del cable de tu zona (i-DE Iberdrola, e-distribución Endesa, UFD Naturgy, E.ON Distribución, EDP).
  • Se puede comprar el contador en lugar de alquilarlo (varios miles de € + mantenimiento), pero no compensa salvo casos muy excepcionales (instalaciones industriales).
  • En facturas con consumo cero (segunda vivienda con suministro activo pero sin uso) sigues pagando el alquiler del contador como cuota mínima.

Si tu distribuidora cobra un alquiler superior al regulado, puedes reclamar. La cifra oficial vigente la publica la CNMC y debe coincidir con lo que aparece en tu factura. Diferencias significativas son motivo de reclamación.

Aunque el alquiler del contador lo cobra la distribuidora, aparece en la factura que te emite la comercializadora porque esta actúa de intermediaria de cobro, igual que ocurre con los peajes. No es un cargo inventado por tu compañía ni un margen suyo: es un importe regulado que la comercializadora recauda y traslada a la distribuidora propietaria del equipo.

No conviene confundir el alquiler del contador con el término de potencia. El alquiler paga el aparato medidor que registra tu consumo; el término de potencia paga la capacidad de la red puesta a tu disposición. Son dos cuotas fijas distintas, con conceptos y destinatarios diferentes, que conviven en la misma factura.

Ejemplo

Factura mensual hogar tipo, alquiler contador 1,05 €/mes

Mensual: 1,05 €. Anual: 12,60 €. En una factura de 80 €/mes representa el 1,3 %. Sobre el total anual de luz (~900 €), el alquiler es ~1,4 % — casi imperceptible pero ineludible.


Fuente normativa: Orden ITC/3860/2007 — Equipos de medida

Preguntas frecuentes

¿Puedo dejar de pagar el alquiler del contador?

No mientras estés conectado a la red. El contador es obligatorio y su alquiler es una cuota regulada que se paga a la distribuidora durante todo el tiempo que el suministro esté dado de alta, incluso en una segunda vivienda sin apenas consumo. La única alternativa es comprar el contador en propiedad, algo que rara vez compensa fuera de instalaciones industriales.

¿Por qué sigo pagando alquiler si el contador lleva años instalado?

Porque la cuota no paga la instalación inicial, sino la propiedad y el mantenimiento continuado del equipo de medida, que sigue siendo de la distribuidora. Mientras uses ese contador y estés conectado a la red, abonas el alquiler regulado, lo lleve instalado un año o diez. Es un importe fijo que no se amortiza ni desaparece con el tiempo.

¿El alquiler del contador es igual en todas las compañías?

El importe lo fija la regulación estatal y lo cobra la distribuidora de tu zona, no la comercializadora, así que no es un concepto en el que las compañías compitan ni puedan rebajar para captarte. Si ves un alquiler superior al regulado en tu factura, es motivo de reclamación, porque debe coincidir con la cifra oficial publicada.

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