Bomba de calor de aerotermia junto a una vivienda, una de las obras por las que un particular puede cobrar certificados de ahorro energético

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Certificados de ahorro energético 2026: cuánto se cobra

Mientras la mayoría de las subvenciones autonómicas han cerrado, hay una vía abierta en toda España que mucha gente no conoce: si cambias la caldera por aerotermia, aíslas la casa o sustituyes el coche por uno eléctrico, una empresa puede pagarte por el ahorro de energía que has conseguido. No es una subvención, tiene letra pequeña y tributa. Te explicamos cuánto se puede cobrar con las fórmulas oficiales.

Cómo funciona

Las comercializadoras de luz y gas y los operadores de petróleo tienen por ley una cuota anual de ahorro energético. Pueden cubrirla pagando al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, a 198,62 € por MWh en 2026 (Orden TED/133/2026, de 25 de febrero (BOE-A-2026-4522)), o presentando certificados. Esa diferencia es la que hace que el ahorro de tu casa tenga un precio.

Tú nunca solicitas el certificado. Quien hace la inversión es el propietario del ahorro y lo cede, mediante un convenio y a cambio de dinero, a un sujeto delegado o a un sujeto obligado. Esa empresa encarga la verificación a una entidad acreditada y pide la emisión a la comunidad autónoma. Como cada solicitud debe reunir al menos 30 MWh, los gestores agrupan expedientes: ese mínimo no se aplica a tu actuación por separado.

Cuánto se puede cobrar

El ahorro se calcula con la ficha oficial de cada actuación, y el precio se pacta libremente. La tabla aplica las fórmulas del catálogo a casos tipo y las multiplica por la horquilla de MITECO, que es de agosto de 2025, la última publicada.

Cálculo propio con las fórmulas del catálogo · importes brutos, antes de la parte del gestor
Caso tipo Ahorro A 115-140 €/MWh
Coche: diésel de 8 años por un eléctrico
12.295 km al año y consumos de referencia · ficha TRA050.P
6,57 MWh 755-919 €
Coche: gasolina de 12 años por un eléctrico
Igual, con el factor 1,1 por antigüedad · ficha TRA050.P
7,72 MWh 888-1.081 €
Aerotermia en lugar de caldera
Demanda de 12.500 kWh al año y SCOP de 4,2 · ficha RES060
10,61 MWh 1.220-1.486 €
Aislar un desván de 60 m²
Zona climática D y edificio de 1978 o anterior · ficha RES022
7,5 MWh 863-1.050 €
Cambiar 10 m² de ventanas
De U 3,0 a U 1,6 en zona D2 · ficha RES070
0,84 MWh 97-118 €

Datos de entrada de ejemplo. En el coche se usa un consumo del eléctrico de 15,4 kWh/100 km, un supuesto de la OCU; el tuyo sale de la base del IDAE o de la ficha técnica. La demanda y el SCOP de la aerotermia y las transmitancias de las ventanas son hipotéticos. En el desván, el ahorro tiene además un tope del 50 % del consumo de calefacción del certificado previo.

Lo que te llega depende de la oferta. Estas son algunas públicas, a modo de referencia del mercado; no son una recomendación y no tenemos relación comercial con ninguna:

Ninguna fuente publica cuál es la comisión típica. Por eso importa comparar: la OCU aconseja no aceptar la primera oferta. Algunas plataformas y concesionarios ofrecen, según la OCU, un precio fijo por los CAE del coche, como 500 o 750 €, sea cual sea el vehículo que retires: es sencillo, pero conviene compararlo con el cálculo de tu caso.

Qué actuaciones cuentan y qué piden

Coche eléctrico (ficha TRA050.P)

Es para una persona física sin actividad económica que sustituye un vehículo de combustión o híbrido por uno eléctrico puro de la misma categoría. La ficha, publicada en el BOE el 4 de agosto de 2026, exige que el coche antiguo lleve más de dos años en tu propiedad, que lo vendas o lo lleves al desguace entre tres meses antes y seis meses después de adquirir el nuevo, que haya tenido la ITV en vigor al menos nueve de los últimos doce meses y que la transmisión no sea entre convivientes. Tampoco vale un eléctrico que ya haya generado CAE.

Cuanto más antiguo el coche sustituido, más se cobra: el factor de antigüedad es de 1,1 entre 10 y 15 años y llega a 1,3 a partir de los 30. En un gasolina sin factor de antigüedad, con los valores de referencia, salen 7,02 MWh. La venta del coche viejo es, por tanto, la pieza clave: si lo conservas, no hay CAE.

Aerotermia en lugar de caldera (ficha RES060)

Cubre el cambio de una caldera de combustión por una bomba de calor eléctrica. El ahorro depende de la demanda que figure en el certificado energético previo y del rendimiento estacional del equipo. El instalador debe certificar esos valores, y hacen falta facturas, fotos del antes y el después y el certificado energético registrado.

Ventanas (ficha RES070)

El ahorro sale de la mejora de transmitancia, la superficie y un coeficiente por zona climática. Como muestra el ejemplo, pocas ventanas generan poco ahorro por sí solas, así que pide el cálculo antes de contar con este dinero. Hay requisitos técnicos, como la rotura de puente térmico en los marcos metálicos. En Canarias se aplica otra ficha, la RES071.

Aislamiento (fichas RES010, RES020 y RES022)

La resolución del 3 de junio de 2026 actualizó las dos primeras y creó la RES022 para desvanes no habitables en zonas C, D y E, con un cálculo más sencillo pensado para viviendas pequeñas: exige fotos desde el mismo ángulo y un certificado energético anterior a la obra.

Lo que no hemos encontrado

No hay ficha para instalar un punto de recarga, ni para una caldera de biomasa, que solo podría ir como actuación singular. Si te lo ofrecen por ficha, pregunta cuál.

Plazos y obras ya terminadas

Entra cualquier actuación iniciada desde el 26 de enero de 2023 y antes del 1 de enero de 2031, y un CAE puede registrarse hasta tres años después de realizarla. Según la página de preguntas frecuentes de MITECO, una persona física sin actividad puede firmar el convenio sin firma electrónica cualificada. La OCU sitúa el cobro entre dos y seis meses. Además, debes mantener la medida activa durante su vida útil.

Impuestos y otras ayudas

La consulta vinculante V0478-26 de Tributos, del 2 de marzo de 2026, resuelve el caso de un particular con aerotermia: es una ganancia patrimonial, se integra en la base del ahorro y no lleva retención. El valor de adquisición solo recoge los gastos de obtener los derechos, no lo que pagaste al instalador. Tributos remite a la Agencia Tributaria para saber en qué casilla declararla.

La Orden TED/815/2023 permite combinarlos con ayudas públicas, salvo las pagadas con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, sin superar entre todo el 100 % de la inversión. MITECO responde también que son compatibles con los bonos eléctrico y térmico, y la OCU los da por compatibles con el Plan Auto+ y las deducciones del IRPF del coche. Lo que no hemos podido confirmar en la Agencia Tributaria es si el dinero de los CAE reduce la base de la deducción del IRPF por obras: su manual solo habla de subvenciones. Si vas a aplicar ambas, consúltalo.

Qué comprobar antes de firmar

La OCU ha calificado de engañosas ofertas como «aísla tu casa por 1 euro», porque la gratuidad depende de que la empresa consiga y venda los certificados. Antes de firmar:

  • Mira quién está detrás. Comprueba si la empresa figura entre los 71 sujetos delegados del listado de MITECO, o con cuál trabaja si es un intermediario.
  • Pide las cuentas por escrito: MWh estimados, precio por MWh y lo que recibes tú. Desde el RD-ley 25/2026, no informar por escrito del valor estimado de la cesión es infracción.
  • Pregunta qué pasa si lo rechazan. Mejor una cesión firme; si es condicional, que el contrato diga qué debes devolver. La OCU avisa de que un error puede tumbar un paquete de expedientes.
  • Si te prometen una obra casi gratis, pide presupuesto a otras empresas con los mismos materiales y espesores. La patronal AISLA considera muy improbable que los CAE cubran todo el coste sin manipular datos.
  • No cedas dos veces el ahorro y conserva facturas y certificados. Duplicar una actuación también es infracción.

Preguntas frecuentes

¿Qué son los certificados de ahorro energético?

Son documentos electrónicos que reconocen el ahorro anual de energía de una actuación de eficiencia. Cada CAE vale un kWh de ahorro. Las comercializadoras y petroleras los necesitan para cumplir su obligación de ahorro, así que pagan por ellos. El particular no los recibe ni los vende directamente: cede su ahorro a una empresa a cambio de dinero, mediante un convenio.

¿Cuánto se cobra por los CAE de la aerotermia?

Depende de la demanda de la vivienda, que sale de su certificado energético, y del rendimiento de la bomba. Con una demanda de 12.500 kWh al año y un SCOP de 4,2, la fórmula oficial da 10,61 MWh. Al precio que MITECO publicó en 2025 serían 1.220-1.486 € brutos, antes de lo que se quede el gestor.

¿Puedo cobrar los CAE por comprar un coche eléctrico?

Sí, si un particular sustituye un coche de combustión o híbrido por uno eléctrico puro, ambos a su nombre, con el antiguo en propiedad más de dos años y dado de baja o vendido entre tres meses antes y seis meses después de la compra. En un diésel de 8 años, con los valores de referencia, salen 6,57 MWh: 755-919 € brutos.

¿Hay CAE por instalar un cargador o una caldera de biomasa?

No hemos encontrado ninguna ficha para esos casos en el catálogo oficial. El ahorro del coche se computa por el vehículo, no por el punto de recarga. Una caldera de biomasa solo podría tramitarse como actuación singular, con un cálculo propio y no por ficha.

¿Puedo pedirlo si la obra ya está hecha?

Sí, si empezó el 26 de enero de 2023 o después. Un CAE se puede registrar hasta tres años después de realizar la actuación, de modo que conviene no apurar. Necesitarás las facturas y el resto de la documentación de la ficha, como el certificado energético en las viviendas.

¿Hay que declarar en la renta lo cobrado por los CAE?

Sí. Según la consulta vinculante V0478-26 de la Dirección General de Tributos, para un particular sin actividad económica es una ganancia patrimonial que va a la base del ahorro, sin retención. El coste de la instalación no se puede restar: solo los gastos que tengas para obtener los derechos.

¿Es compatible con otras ayudas?

Sí, salvo con las financiadas por el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, y lo cobrado entre CAE y subvención no puede superar el 100 % de la inversión. Tendrás que declarar las ayudas que hayas pedido o recibido.

Fuentes

Los importes son cálculos orientativos, no una oferta ni asesoramiento fiscal. Comprueba la ficha vigente y tu caso con quien vaya a tramitarlo.