Caldera de gas doméstica y radiador encendidos junto a una factura desglosada en término fijo y variable, ilustración editorial de la factura del gas en invierno 2026

— Guía de temporada · Factura del gas 17 min de lectura

La factura del gas en invierno 2026: qué pagas y cómo se calcula.

La tarifa regulada de gas subió un 22,4 % el 1 de octubre de 2026, en plena temporada de calefacción, y lo habría hecho más sin el límite del Gobierno, que se cobrará más adelante. Cómo se descompone la factura, los cuatro tramos de la TUR con sus precios exactos, ejemplos de un mes frío y qué cuesta salir de la tarifa regulada.

TUR de gas 4T-2026 (desde 1 de octubre de 2026) — TUR.1 5,25 c€/kWh · TUR.2 5,04 c€/kWh · TUR.3 4,70 c€/kWh · TUR.4 5,01 c€/kWh

Término variable de TUR.2: +22,4 % frente al trimestre anterior · Fuente: BOE-A-2026-20389

1. Cómo se estructura la factura del gas

La factura del gas natural se descompone en menos conceptos que la de la luz, pero la lógica es parecida. Primero está el término fijo, una cuota mensual que pagas exista o no consumo, pensada para cubrir el acceso a la red y la disponibilidad del suministro; en la TUR crece por tramos según el consumo anual contratado, no según lo que gastes cada mes en concreto. Después está el término variable, que sí depende directamente de los metros cúbicos de gas que hayas quemado, convertidos a kilovatios hora y multiplicados por un precio por kWh que también fija la resolución trimestral. A eso se suma el alquiler del equipo de medida, una cuota reducida que cobra la distribuidora -no la comercializadora- por la propiedad y el mantenimiento del contador, igual que ocurre con el contador eléctrico, y que aparece como línea separada en el recibo.

Sobre esa suma se aplican los impuestos. El más visible es el IVA, que en 2026 ha tenido un año movido: la rebaja al 10 % del Real Decreto-ley 7/2026 se aplicó desde finales de marzo de 2026, dentro de un paquete de medidas para aliviar el recibo energético de los hogares, pero llevaba una cláusula de revisión ligada a la evolución del IPC energético que condicionaba su mantenimiento. Esa revisión hizo que el gas volviera a tributar al tipo general del 21 % al terminar mayo de 2026. Ahora, el Real Decreto-ley 25/2026 permite recuperar el 10 % en noviembre o en diciembre si el IPC del gas natural de dos meses antes supera en más de un 15 % el del año anterior. El de septiembre fue del 4,3 %, así que noviembre sigue en el 21 %; diciembre depende del dato de octubre, que el INE publica el 13 de noviembre. El dato definitivo es siempre el que aparece en el desglose de tu propia factura. Junto al IVA, el gas natural también soporta el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos, un tributo que grava los combustibles en función de su contenido energético y que, para el gas de uso doméstico, se aplica sobre el término variable -es decir, sobre lo que realmente consumes- antes de calcular el IVA. No es una cantidad que dispare la factura por sí sola, pero forma parte de la base imponible sobre la que luego se calcula el IVA, así que conviene saber que existe.

Un matiz práctico que conviene tener en cuenta: no todas las facturas de gas se emiten con lectura real cada mes. Cuando la distribuidora no puede leer el contador -por ejemplo, en viviendas sin telemedida todavía- la comercializadora estima el consumo de los meses intermedios a partir de tu histórico y regulariza la diferencia en cuanto se produce la siguiente lectura real. Si un invierno ha sido especialmente frío, esa regularización puede llegar como un cargo adicional varios meses después, que no siempre coincide con el mes en el que de verdad se consumió ese gas.

2. La TUR de gas hoy: los cuatro tramos

La Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas es el equivalente al PVPC de la luz: un precio regulado, sin margen comercial libre, disponible para cualquier consumidor doméstico con un consumo anual que no supere los 300.000 kWh. Se revisa cada trimestre -enero, abril, julio y octubre- mediante resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, publicada en el Boletín Oficial del Estado, y no exige ninguna permanencia, aunque desde octubre de 2026 salir de ella cuesta dinero (lo explicamos más abajo). La resolución vigente desde el 1 de octubre de 2026 (BOE-A-2026-20389) reparte a los consumidores en cuatro tramos según su consumo anual, cada uno con su propio término fijo y su propio término variable.

El propio nombre explica su función: es la tarifa a la que un consumidor doméstico tiene derecho a acogerse siempre, pase lo que pase con el mercado libre, un mecanismo de seguridad heredado de la liberalización del sector gasista de las últimas dos décadas. Mientras el mercado libre depende de lo que cada comercializadora decida ofrecer en cada momento, la TUR garantiza que exista siempre un precio de referencia, público y revisable, al que cualquier hogar pueda volver sin trámites complicados. Es exactamente el mismo papel que cumple el PVPC en la factura de la luz.

Tramo Consumo anual Término fijo Término variable Perfil típico
TUR.1 Hasta 5000 kWh 3,83 €/mes 5,25 c€/kWh ACS o cocina sin calefacción de gas (perfil típico)
TUR.2 5000-15.000 kWh 8,17 €/mes 5,04 c€/kWh Vivienda con calefacción individual de gas (perfil típico)
TUR.3 15.000-50.000 kWh 19,32 €/mes 4,70 c€/kWh Consumo alto (vivienda grande con calefacción intensiva)
TUR.4 50.000-300.000 kWh 54,82 €/mes 5,01 c€/kWh Comunidades de propietarios con caldera central (TUR vecinal)

En el extremo más económico de la tabla está TUR.1, pensado para la vivienda que no calienta con gas: un piso con calefacción eléctrica o aerotermia, o simplemente sin calefacción central propia, que solo usa la caldera o el calentador para el agua caliente y, en algunos casos, para la encimera de cocina. Es un perfil cada vez más habitual en construcción nueva, donde el gas ha ido perdiendo terreno frente a la aerotermia para climatizar pero se mantiene para el agua caliente sanitaria por su rapidez de respuesta. El término fijo de este tramo es el más bajo de los cuatro, pero conviene no fijarse solo en eso: si tu consumo real supera el límite de TUR.1, la comercializadora te reclasifica de forma automática al tramo que corresponda en la siguiente facturación.

El tramo que protagoniza esta guía es TUR.2, el de la vivienda con calefacción individual de gas: caldera propia, radiadores o suelo radiante, y agua caliente sanitaria, todo con el mismo aparato. Es también el tramo con más abonados en España, porque agrupa al piso y a la casa unifamiliar de tamaño medio que calienta con gas natural durante el invierno. Fíjate en un detalle que no es intuitivo: el término variable de TUR.2 ( 5,04 c€/kWh) es más barato que el de TUR.1 ( 5,25 c€/kWh), pensado en teoría para consumos menores. La razón es que la fórmula reparte de forma distinta el peso del término fijo y el término variable en cada tramo, así que el precio por kWh no baja de forma lineal según subes de tramo: sube y baja según cómo se financia cada uno.

Los dos tramos superiores tienen menos abonados, pero no menos interés práctico. TUR.3 agrupa a las viviendas grandes -mucha superficie, mal aisladas o con un uso muy intensivo de la calefacción- cuyo consumo anual roza o supera los 15.000 kWh; si tu factura de gas te parece desproporcionada para el tamaño de tu casa, merece la pena comprobar en qué tramo estás clasificado, porque el salto de TUR.2 a TUR.3 viene con un término fijo bastante más alto. TUR.4, por su parte, no es un tramo doméstico individual sino comunitario: agrupa a las comunidades de propietarios con caldera central de gas, donde el consumo de todo el edificio se factura de forma conjunta y luego se reparte entre los vecinos según los coeficientes de la comunidad, no según lo que consuma cada vivienda por separado.

+22,4 %

Cambio del término variable de TUR.2 en el cuarto trimestre de 2026

De 4,119908 a 5,042762 c€/kWh entre el 3T-2026 y el 4T-2026

BOE-A-2026-14233 y BOE-A-2026-20389 (comparación propia)

Esa subida es la que queda después de un freno. El término variable se calcula sobre todo con el coste de la materia prima, que sigue a los mercados internacionales del gas y el petróleo. Con la fórmula normal, ese coste habría sido de 5,626153 céntimos por kWh, pero el Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, art. 1 no le dejó subir más de un 35 % sobre el de julio, y la resolución aplicó 3,574741. La diferencia no se perdona: se recuperará en las revisiones siguientes, con intereses. En la de enero de 2027, ese coste podrá subir hasta un 15 % más.

Si dejas la TUR antes de enero

La subida aplazada la tienen que pagar también quienes se van. Según el artículo 1.6 del mismo real decreto-ley, quien abandone la TUR antes de que se recupere todo abona a su comercializadora la deuda media de su escalón. La resolución de octubre la fija en 2,051412 céntimos por kWh para quien se vaya antes del 1 de enero de 2027, aplicada al gas facturado desde el 1 de octubre (o desde que contrataste la TUR, si fue después) hasta el día del cambio. Con 1500 kWh, unos 30,77 € antes de impuestos; si llevas más de 60 días en la tarifa se suma un coste financiero, y después el IVA. Antes de cambiarte al mercado libre en pleno invierno, conviene sumar ese pago a la comparación.

3. Ejemplos de factura mensual de invierno

Para ver el efecto real de esos números, conviene hacer la cuenta con un caso concreto. Imagina una vivienda TUR.2 con calefacción individual de gas y un consumo anual de referencia de entre 8.000 y 12.000 kWh -el rango que define el propio tramo, la mitad más ocupada de su horquilla de 5000 a 15.000 kWh-. Ese consumo no se reparte igual todo el año: se concentra en los meses fríos, así que un mes de enero puede quemar bastante más gas que uno de mayo. Veamos dos escenarios de un mes de invierno dentro de ese perfil.

Vivienda modesta, 1120 kWh en el mes. El término fijo son 8,17 € y el término variable se calcula multiplicando el consumo por el precio del kWh: 1120 kWh × 5,04 céntimos = 56,48 €. Sumando ambos términos, la base antes de impuestos queda en 64,65 €. Con el IVA general del 21 % aplicado sobre esa base -a lo que se sumarían, sin cifrar aquí, el pequeño importe del alquiler del contador y el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos que vimos en la sección 1-, el recibo de ese mes ronda los 78,23 €.

Vivienda más grande, 1680 kWh en el mes. Mismo término fijo, 8,17 €, pero un término variable mayor: 1680 kWh × 5,04 céntimos = 84,72 €. La base antes de impuestos sube a 92,89 €, y con el IVA del 21 % el recibo de ese mes se acerca a los 112,39 €. La diferencia entre los dos casos -más de 34,17 € en un solo mes- la marca casi en exclusiva el término variable: el término fijo apenas pesa frente al gas que realmente quemas cuando hace frío.

Para contrastar, así se vería la factura de ese mismo mes en un hogar TUR.1 que no calienta con gas: con un consumo de 300 kWh -típico de quien solo cocina y calienta el agua-, el término variable es 300 kWh × 5,25 céntimos = 15,76 €, que sumados al término fijo de 3,83 € dan una base de 19,59 € y, con el IVA del 21 %, una factura de apenas 23,70 €. La diferencia con los dos ejemplos anteriores no está en el precio del kWh -de hecho TUR.1 lo paga más caro que TUR.2-, sino en la cantidad de kWh que exige calentar una vivienda entera frente a solo cocinar y calentar el agua.

Extrapolando estos ejemplos a los cinco meses de la temporada de calefacción -de noviembre a marzo-, una vivienda TUR.2 concentra en ese periodo la mayor parte de su gasto en gas del año entero, con los meses de verano reducidos casi en exclusiva al término fijo y a un consumo mínimo de agua caliente. Es la razón por la que revisar la tarifa y el estado de la caldera antes de que arranque el frío tiene mucho más impacto que hacerlo en pleno julio, cuando el gas apenas se nota en el recibo.

4. TUR o mercado libre: cómo comparar

Igual que en electricidad, en gas conviven la tarifa regulada y las ofertas del mercado libre. La TUR tiene dos ventajas estructurales: no exige permanencia y su fórmula de cálculo es pública y se revisa cada tres meses, así que siempre sabes de dónde sale el precio. El mercado libre, en cambio, permite a las comercializadoras fijar el precio que quieran, y ahí es donde conviene mirar la letra pequeña. Muchas ofertas de gas en mercado libre incluyen servicios adicionales empaquetados en la factura -mantenimiento de la caldera, seguros de avería de la instalación, revisiones periódicas- que suman un coste fijo mensual y que, sumado al precio de la energía, pueden dejar la oferta por encima de lo que pagarías en la TUR. No son necesariamente malos productos, pero hay que compararlos con la TUR completa, servicios incluidos, no solo con el precio del kWh en el folleto.

El otro punto a vigilar son las permanencias. Una oferta de mercado libre con permanencia de doce o veinticuatro meses y penalización por baja anticipada te ata a un precio que hoy puede parecer competitivo y dentro de un año, con la siguiente revisión de la TUR, puede no serlo. La forma correcta de comparar, sin depender de ofertas comerciales concretas que cambian cada semana, es el comparador oficial de la CNMC, que recoge las ofertas verificadas de gas de todas las comercializadoras sin publicidad ni comisión por alta. Introduces tu consumo anual y tu código postal, y filtras por precio, duración y servicios incluidos.

En el mercado libre de gas conviven dos tipos de producto que conviene distinguir: el precio fijo, pactado en céntimos por kWh para toda la duración del contrato, y el descuento sobre TUR, que en lugar de fijar un precio propio aplica un porcentaje de rebaja sobre la tarifa regulada de cada trimestre. Este segundo modelo tiene una ventaja poco conocida: como se recalcula automáticamente cada vez que cambia la TUR, evita el riesgo de quedarte atado a un precio fijo que se queda caro si el mercado baja, aunque también renuncias a la ventaja contraria si el mercado sube.

Conviene repetir la comparación cada trimestre, no hacerla una sola vez y olvidarla. Como la TUR se revisa en enero, abril, julio y octubre, una oferta de mercado libre que hoy queda por debajo del precio regulado puede dejar de estarlo en la siguiente revisión, y al revés: si el mercado mayorista se enfría, la TUR también puede bajar de un trimestre a otro sin que tengas que mover un dedo. No hace falta convertirlo en una tarea mensual, pero sí merece la pena echar un vistazo al comparador de la CNMC cada vez que llega la factura de enero, cuando el consumo -y por tanto el impacto de cualquier diferencia de precio- es más alto.

5. La caldera importa

Antes de cambiar de tarifa, merece la pena mirar el propio aparato. Una caldera de condensación aprovecha el calor latente del vapor de agua presente en los gases de combustión -calor que una caldera atmosférica convencional deja escapar directamente por el tubo de humos-, así que consigue más calor útil con el mismo gas quemado. Cuanto más antigua sea tu caldera atmosférica, mayor suele ser esa diferencia de eficiencia frente a un modelo de condensación actual, aunque el ahorro real depende del estado de la instalación, del tamaño de los radiadores y de la temperatura a la que trabaje el circuito de calefacción.

Sustituir una caldera atmosférica por una de condensación no es un simple cambio de aparato: la caldera de condensación genera un condensado ácido que debe evacuarse por un desagüe específico, y en muchos edificios antiguos obliga también a adaptar el conducto de salida de humos, pensado originalmente para un tiro natural y no para la extracción forzada de un modelo de condensación. Por eso conviene pedir presupuesto a una empresa instaladora habilitada que valore la instalación completa -no solo el precio de la caldera- antes de decidir si el cambio compensa en tu vivienda.

Al margen del tipo de caldera, hay un trámite que no depende de tu decisión: la revisión periódica de la instalación receptora de gas, obligatoria cada cinco años y a cargo de una empresa instaladora habilitada. Es un trámite distinto del mantenimiento del propio sistema de climatización que regula el RITE, y conviene no confundirlos porque tienen periodicidades y alcances distintos. La diferencia entre ambas revisiones -y cuál te corresponde según la potencia de tu instalación- está explicada con detalle en nuestra guía del mantenimiento de la calefacción y el RITE.

6. Si tu factura de gas se dispara

Antes incluso de plantearte cambiar de sistema o de tarifa, hay gestos que reducen el consumo de gas sin gastar un euro: bajar el termostato un par de grados, purgar los radiadores al empezar la temporada para que no acumulen aire y rindan a máxima potencia, y programar la caldera para que no caliente a pleno rendimiento mientras duermes o mientras la vivienda está vacía. Son medidas que no sustituyen a una caldera eficiente ni a una buena tarifa, pero sí marcan la diferencia entre un mes de invierno caro y uno razonable con el mismo sistema de calefacción.

Cuando la subida del trimestre pesa demasiado, hay tres caminos que no pasan por aguantar el frío. El primero es revisar si de verdad el gas sigue siendo la opción más barata para tu vivienda frente a otros sistemas de calefacción: nuestra comparativa de calefacción más barata en 2026 cruza el coste por kWh de calor útil del gas con el de la electricidad y la aerotermia, y la cuenta equivalente para la biomasa está en la guía de la estufa de pellets, donde el combustible sale hoy bastante más caro por kWh de calor que el gas de condensación. El segundo, si tu vivienda es apta y estás dispuesto a hacer una inversión inicial, es plantearte la sustitución de la caldera por una bomba de calor aerotérmica: el paso a paso de la aerotermia explica cómo funciona, qué inversión requiere y qué ayudas existen.

El tercer camino, si tu situación económica lo permite, es comprobar si tienes derecho al bono social térmico, una ayuda que compensa parte del gasto en calefacción de los hogares vulnerables y que es compatible con seguir teniendo gas natural como fuente de calor. No hace falta elegir entre las tres vías: revisar el sistema, valorar la aerotermia a medio plazo y comprobar el bono social son pasos independientes que puedes dar en paralelo.

7. Cómo cambiarte de comercializadora de gas

Si la comparativa te sale a favor del mercado libre, o si simplemente quieres volver a la TUR desde una oferta libre, el trámite es sencillo y gratuito. Al estar en la TUR no tienes ninguna permanencia, así que puedes darte de baja cuando quieras sin penalización. Según la guía informativa oficial de la CNMC, el cambio de comercializador -tanto en electricidad como en gas- es siempre gratuito, con un plazo máximo de veintiún días, y el nuevo comercializador es quien se encarga de toda la gestión administrativa y técnica frente a la distribuidora; tú solo tienes que firmar el nuevo contrato. El suministro no se interrumpe en ningún momento del proceso.

El único punto que de verdad conviene revisar antes de firmar es si vienes de una oferta de mercado libre con permanencia pactada: ahí sí puede haber una penalización económica por baja anticipada, detallada en las condiciones particulares de tu contrato actual. Si estabas ya en la TUR, ese riesgo no existe.

En la práctica, el proceso empieza siempre por el lado del comercializador nuevo: firmas el contrato, entregas tu CUPS de gas -el código que identifica tu punto de suministro y que encontrarás en cualquier factura anterior-, y es esa empresa quien notifica el cambio a la distribuidora de tu zona. No necesitas avisar tú mismo a la comercializadora saliente ni estar pendiente de ninguna baja: el propio cambio de alta se encarga de cerrar el contrato anterior. Si el proceso se alarga más de lo esperado o detectas algún cobro indebido durante el cambio, puedes reclamar directamente ante la CNMC.

— Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta sobre la factura del gas

¿Cuánto ha cambiado la TUR del gas en el cuarto trimestre de 2026?
El término variable de la TUR.2, el de la calefacción individual, subió un 22,4 % el 1 de octubre de 2026: pasó de 4,119908 a 5,042762 céntimos por kWh, según las resoluciones del BOE de los dos trimestres. En TUR.1 el cambio fue del 21,3 %, en TUR.3 del 24,4 % y en TUR.4 del 22,6 %. El término fijo apenas se movió: en TUR.2 pasó de 8,11 a 8,17 € al mes. Y la subida habría sido mayor sin el límite del Real Decreto-ley 25/2026, que se recupera en las revisiones siguientes.
¿Qué tramo TUR me corresponde si tengo calefacción individual de gas?
Lo habitual es el tramo TUR.2, pensado para viviendas con un consumo anual de entre 5000 y 15.000 kWh, el rango típico de un piso o una casa con caldera individual que calienta y da agua caliente. Si solo usas el gas para cocinar y el agua caliente, sin calefacción, es más probable que tu consumo anual quede por debajo y te corresponda TUR.1. Las viviendas grandes con mucha superficie a calentar pueden superar los 15.000 kWh y entrar en TUR.3, y las comunidades de propietarios con caldera central de gas se facturan aparte, en TUR.4. La propia factura indica el tramo asignado; si no coincide con tu patrón de consumo real, puedes pedir a tu comercializadora que lo revise.
¿Compensa cambiarse a mercado libre de gas o quedarse en la TUR?
No hay una respuesta única: depende de si encuentras una oferta de mercado libre sin permanencia y sin servicios añadidos que en la práctica sea más barata que la TUR trimestre a trimestre. La TUR tiene la ventaja de no exigir permanencia y de revisarse cada tres meses con una fórmula pública, así que sirve como referencia objetiva para comparar. La forma correcta de comprobarlo es el comparador oficial de la CNMC (comparador.cnmc.gob.es), que recoge ofertas verificadas sin publicidad ni comisiones por alta.
¿Qué IVA se paga en la factura del gas en 2026?
En noviembre de 2026, el general del 21 %. La rebaja al 10 % del Real Decreto-ley 7/2026 se aplicó desde finales de marzo, pero su cláusula ligada al IPC devolvió el gas al 21 % al terminar mayo. El Real Decreto-ley 25/2026 permite volver al 10 % en noviembre o en diciembre si el IPC del gas natural de dos meses antes supera en más de un 15 % el del año anterior: en septiembre fue del 4,3 %, así que noviembre sigue en el 21 %, y diciembre depende del dato de octubre, que el INE publica el 13 de noviembre. El dato definitivo es siempre el del desglose de tu factura.
¿Cada cuánto hay que revisar la instalación de gas de la vivienda?
Cada cinco años, con una empresa instaladora habilitada, con independencia de que la caldera reciba además su mantenimiento anual del fabricante. Esta revisión de la instalación receptora de gas es un trámite distinto de la revisión del sistema de climatización que exige el RITE en instalaciones de mayor potencia; la diferencia entre ambas, y cuál te corresponde según tu caso, está explicada con detalle en nuestra guía del mantenimiento de la calefacción.
¿Puedo cambiar de comercializadora de gas sin penalización si estoy en la TUR?
La TUR no tiene permanencia y el cambio de comercializadora es gratuito, pero desde el 1 de octubre de 2026 salir de ella tiene un coste: el Real Decreto-ley 25/2026 obliga a quien abandone la TUR a pagar su parte de la subida que se ha aplazado. Si te vas antes del 1 de enero de 2027, son 2,051412 céntimos por cada kWh facturado desde el 1 de octubre (o desde la contratación, si fue después) (unos 30,77 € si has gastado 1500 kWh), más un coste financiero si llevas más de 60 días en la tarifa y los impuestos. El cambio en sí sigue teniendo un plazo máximo de 21 días sin cortes de suministro, según la CNMC.

— Fuentes